
La Unión Europea, ¿tradicional o igualitaria?
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15 noviembre, 2024Respecto a la Ley Orgánica 3/2007 se recurrió ante los tribunales su aplicación respecto a los Colegios de Notarios. Desde la perspectiva de los recurrentes, los diferentes Colegios Profesionales no tienen condición de poder público, por lo que no se verían afectados por esta legislación.
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que declara la inclusión de estos colegios en la citada ley. De esta forma, están obligados a cumplir el requisito de presencia equilibrada entre mujeres y hombres.
Interpretación de la Ley de Igualdad de 2007
La reclamación se inició en 2020 al declarar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la nulidad de la candidatura presentada a las elecciones de la Junta Directiva del Consejo Notarial del País Vasco. Esta candidatura contaba con cinco hombres y dos mujeres, (71% frente a 29%) lo que se encontraba por debajo del 60%-40% establecido en la ley.
La Sala de lo Contencioso-Administativo del TS considera que la Constitución declara la asimilación del notario como poder público. El notariado “tiene encomendada la función pública de garantizar la seguridad jurídica en los documentos e instrumentos jurídicos”. Además, se encuentra inserto en la estructura jerárquica dependiente del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Con este señalamiento, el TS declara también que solamente se podría incumplir la aplicación de esta obligación cuando se evidencie la imposibilidad material de cumplirla. En este caso existían posibles aspirantes que cumplían los requisitos para su candidatura pero que no fueron incluidas, por lo que queda descartada la imposibilidad.
La ley de paridad de 2024 va un paso más allá
La Ley Orgánica 2/2024 incrementa el papel de los colegios profesionales respecto a la igualdad de género. La misma establece entre las funciones de estos órganos el “impulsar medidas a fin de conseguir la igualdad de mujeres y hombres en el ejercicio de las profesionales colegiadas”.
Además, incluye como contenido obligatorio de las memorias anuales de estos órganos la composición desagregada por sexo de los miembros de la Junta de Gobierno. Igualmente, deben incluir los motivos en caso de que no se alcance el 40% de mujeres, así como las medidas adoptadas para la solución de este incumplimiento.
Estas nuevas obligaciones pretenden conseguir la sensibilización sobre la brecha de género, así como la promoción de prácticas más igualitarias en el ejercicio profesional de cada sector.
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El observatorio de Igualdad y Empleo es una acción de divulgación que forma parte del Programa Estatal FSE+ de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza que está cofinanciado por el Fondo Social Europeo + (2021ES05SFPR003) y cuenta con el apoyo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.