ENTRENA EMPLEO UNA INICIATIVA DE LA FUNDACIÓN SANTA MARÍA LA REAL
18 junio, 2021CAMFED recibe el Premio Príncipe de Asturias a la cooperación internacional.
23 junio, 2021El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señaló, el pasado 3 de junio, que la igualdad de retribución entre hombres y mujeres debe aplicarse ante el desempeño de un mismo trabajo o «de igual valor”.
El TJUE se pronuncia en este sentido a raíz del litigio, en Reino Unido, entre Tesco Stores y sus trabajadores. Los y las trabajadoras aducían no haber disfrutado de la igualdad retributiva que declara el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la UE. Según reconoce el tribunal, dicho artículo tiene efecto directo, es decir, todas las personas trabajadoras en la UE pueden invocarlo ante los tribunales nacionales.
Además, el TJUE señala que el principio de igualdad retributiva es aplicable a trabajadores de distinto sexo que realicen no solo el mismo trabajo, sino trabajos de igual valor. Porque el objetivo del art. 157 TFUE es “la eliminación de toda discriminación por razón de sexo en el conjunto de los elementos y condiciones de retribución.” Cuando en un litigio los particulares invoquen el artículo serán los tribunales nacionales los encargados de apreciar si se trata o no de trabajos de igual valor.
Se recomienda consultar la fuente original de esta publicación: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
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