Nueva edición del webinar Prevenir y actuar contra el acoso sexual y por razón de sexo en el entorno laboral
2 junio, 2022La campaña #VERIFIEDFORGOOD ha sido distinguida con una plata en The Caples Awards 2022 y un bronce en el cdec 2022.
8 junio, 2022Con motivo de la Campaña del día Internacional de Acción para la Salud de las Mujeres, reivindicamos el reconocimiento de las patologías que sufren las trabajadoras más precarizadas
Enfermedades que afectan a los sectores feminizados
La situación de las trabajadoras de la limpieza, las trabajadoras del hogar y las camareras de piso es muy peligrosa para su salud. Se encuentran expuestas a agentes químicos tóxicos como el isopranol o el etanol, que causan enfermedades respiratorias y de la piel. Una de las afecciones que causan es la Sensibilidad Química Múltiple, que consiste en la pérdida de tolerancia a sustancias químicas presentes en el ambiente. También padecen enfermedades muscoesqueléticas, como lumbalgias o la enfermedad del túnel carpiano, que les impiden continuar trabajando y haciendo su vida normal.
Mujeres y duración de las bajas
Además, según el Informe sobre el coste de oportunidad de la brecha de género en la salud ClosinGap (2019) las ocupaciones predominantemente desempeñadas por mujeres concentran enfermedades profesionales que requieren mayor tiempo de recuperación, lo que explica que la duración media de las bajas por enfermedad profesional sea 11 días superior en el caso de las mujeres (105,84 días) que en el de los hombres (95,21 días).
La importancia del reconocimiento de las enfermedades profesionales
Es necesario destacar la importancia de que estas patologías sean reconocidas como enfermedades profesionales, pues esto supone que las trabajadoras puedan cobrar del 75% al 100% de su salario. En cambio, si se considera enfermedad común los tres primeros días no se cobrará, del día 4º al 20º se recibirá el 60% y a partir del día 21º se podrá llegar a recibir el 75% del salario.
Un pequeño paso en el avance de nuestros derechos laborales
Ponemos de relieve la importancia de uno de los puntos del proyecto de reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobado el pasado 17 de mayo. En este punto, que nos interesa desde la perspectiva de la salud de las mujeres en el ámbito laboral, las menstruaciones dolorosas o incapacitantes serán reconocidas como incapacidad temporal pagada íntegramente por el Estado.
Con este pequeño paso, podemos empezar a hablar de un avance en el reconocimiento de la salud de las mujeres en el ámbito laboral. Aunque aún quedan muchos derechos que ganar, como la protección frente a los productos tóxicos de los sectores más feminizados.
Puedes consultar las fuentes originales en el Instituto de las Mujeres, en los artículos de Vozpopuli, Closingap, en la nota de prensa del Gobierno de España sobre la nueva Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo y en el siguiente enlace.
Este artículo forma parte de la campaña de activismo que se lleva a cabo con motivo del día 28 de mayo, Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, en el marco del “Programa para Educar en Igualdad y Prevenir la Violencia de Género. Hacia un voluntariado por el Buen Trato” de Fundación Mujeres, con la financiación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 a través de las Subvenciones del 0,7 a actividades de interés social.